Abril de 2018
Capitalización de empresas para enervar la causal técnica de disolución
La conocida causal técnica de disolución de las sociedades anónimas y comanditas por acciones de que tratan artículos 351 y 457 del Código de Comercio se da “Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito”.
La Doctrina de la Superintendencia de Sociedades ha confirmado que con el inciso 2o del artículo 24 de la Ley 1429 de 2010 el plazo para enervar dicha causal es de 18 meses contado a partir de la fecha en la que la asamblea de accionistas “se haya reunido para estudiar y conocer los estados financieros respectivos.”
En la medida en que el capital suscrito se incrementa, también se aumenta la base de medición del total del patrimonio que se puede ver afectado por pérdidas que se utilizan para medir la causal técnica de disolución antes referida. Con lo cual, en Sociedades que están en los años iniciales de operaciones o que se encuentran atravesando periodos coyunturales de pérdidas operacionales temporales que se espera recuperar en el mediano plazo con utilidades futuras, resulta conveniente evaluar la conveniencia de aprobar el reglamento de colocación de acciones considerando la fijación de un precio superior 1al valor nominal de las acciones. De esta manera, las Sociedades podrán incrementar su patrimonio con la denominada “prima en colocación de acciones” sin afectar el monto de su capital suscrito. En dicha prima se reflejará la diferencia entre el precio al que se ofrecen las acciones y el valor nominal de las mismas.
De acogerse la recomendación mencionada en el párrafo anterior, una Sociedad que al momento de recibir capital de sus accionistas, una parte importante del aumento del patrimonio lo destine para la “prima en colocación de acciones” en vez de aumentar el capital suscrito, tendrá mayor margen de tener pérdidas sin que nuevamente entre en “causal técnica de disolución” de aquella Sociedad que haya decidido realizar la misma capitalización destinando el 100% de la misma a aumentar su capital suscrito. El siguiente cuadro ilustra matemáticamente los beneficios de la recomendación planteada.
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Oscar H. Torres Mendoza AAAS Ltda
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